28 TRANSITORIOS 28

Por Jose Ines Figueroa Vitela 31/07/2019 03:07:14.
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La llamada reforma laboral implicó modificaciones a la Constitución y una serie de leyes, en la que eje central será, por supuesto, la Ley Federal del Trabajo compuesta por mil 8 artículos, muchos de ellos, multiplicados en variados apartados.
Solo en materia de transitorios, que establecen plazos y estructuras complementarias, además de otras reformas y decisiones de las Cámaras del Congreso de la Unión y las legislaturas locales, necesarias para su plena aplicación.
Todo ese trabajo legislativos y ejecutivo descomunal en tránsito, ya es sujeto de observaciones y convocatorias a otras revisiones necesarias, cuando al repaso de las aplicaciones se encuentras lagunas o contraposiciones que acotan su vigencia.
Recién, la Confederación Patronal Mexicana pidió al Senado perfeccionar tal reforma, “porque existen muchos vicios en los temas laborales, además de que es necesario cumplir con compromisos internacionales”.
Entre ellos el T-MEC -el nuevo Tratado de Comerio con Estados Unidos y Canadá-, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes pasado y el programa de trabajo decente de la Organización Internacional del Trabajo.
Por eso, contra el alboroto que algunos “disidentes” traen en variadas organizaciones gremiales, pretendiendo que la reforma es una concesión a sus aspiraciones o apetitos personales, antes de ir al recuento de su pretendida representatividad, es menester hacer algunas precisiones.
La reforma, a como está, sí considera la existencia de más de un sindicato en cada centro de trabajo, pero solo uno, el mayoritario, es depositario del contrato colectivo de trabajo.
No es a gusto particular la aplicación de la legislación y pretender usar casos específicos, de los llamados “trabajos especiales” -como los marinos o de aeronáutica-, para acomodar escenarios a modo o confundir a los trabajadores, es un pecado que lleva penitencia intrínseca.
Con todo y que se publicó de inmediato, entrando en vigor al día siguiente de su expedición, el dos de mayo, la primer condicionante, que es la expedición de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, tiene un plazo de 180 días.
Pero el mismo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que registrará las asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo tiene un plazo de dos años para entrar en operación, “atendiendo a las posibilidades presupuestales”, dice la Ley y dispondrá el Ejecutivo.
Se remite además a que suspenda el servicio las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y en su caso los Poderes Ejecutivos de las Entidades Federativas, hoy sin recursos para transitar la aplicación de las leyes laborales a los Poderes Judiciales locales.
Consumado aquello, los Estados “deberán remitir al Centro Federal una relación completa de todos los expedientes y registros en su poder, con soporte electrónico de cada registro o expediente”. ¿Para cuanto le gusta se tarde ello?
Les conceden un año adicional a los dos aquellos, pero en las limitaciones presupuestales cualquier cosa puede suceder.
“Los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas iniciarán actividades dentro del plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto, en términos de lo que establezca su propia normatividad y posibilidades presupuestales”, dice el transitorio de marras, pero si están cancelando programas sociales y de apoyo a los programas productivos “por falta de presupuesto”, ya se puede ir imaginando lo que se viene en esta materia.
El plazo para el inicio de funciones de la Autoridad Conciliadora Federal y Tribunales Federales es de cuatro años, pero se advierte además que los trámite ante las instancias actuales serán concluidos por éstas. ¿doble estructura?
“Hasta en tanto entren en funciones los Centros de Conciliación, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo conservará la facultad para citar a los patrones o sindicatos a juntas de avenimiento o conciliatorias”.
Dichos procedimientos se tramitarán conforme a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y demás leyes vigentes hasta antes de la reforma. “Para tales efectos se les dotará de los recursos presupuestales necesarios”, siguen hablando de presupuesto escamoteados de antes.
“El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas deberán destinar los recursos necesarios para la implementación de la reforma del sistema de justicia laboral”, dicen, como han dicho de otras reformas que en mejores escenarios multiplicaron sus términos por ello.
Y mandan a concurso la selección de personal del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, de los Centros de Conciliación Locales y de los Tribunales del Poder Judicial Federal y de las entidades federativas, pero no aclaran quién pagará y de dónde eso, ni las liquidaciones de quienes ya ocupan el andamiaje laboral institucional, a quienes de ley, también se garantizó respeto a sus derechos.
Pusieron en 120 días la presentación del Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, con un plan de trabajo para el desahogo de los pendientes, aunque en las vísperas, no hay signos en ese destino.
En el doble del plazo se prevén las disposiciones, de orden federal, para la elección de las directivas sindicales mediante el voto personal libre, directo y secreto de los trabajadores, bajo la supervisión del mentado Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, siempre que la dirigencia actuante o al menos el 30 por ciento de los sindicalizados lo soliciten.
No es a ocurrencia o interés de un particular o algún grupo minoritario.
Los efectos domésticos caminan en otros rieles.
“Los Tribunales Locales y los Centros de Conciliación locales entrarán en funciones una vez que las respectiva Legislatura Local haga la declaratoria correspondiente”, se asienta.
Esas son algunas alusiones elementales a los 28 transitorios de la gran e incompleta reforma laboral del país.
Por eso, cuando dos-tres “iluminados” de dos-tres sindicatos andan enredándose en esas banderas, proclamándose los paladines de la democracia y autoinvistiéndose de “líderes”, se dice con justa razón, “bordan en el vacío”.
La evolución sindical a estadios modernos y democratizadores, por supuesto, es bienvenida, pero tiene sus justas definiciones y tiempos de aplicación, con una vocación de justicia y derecho a los trabajadores todos.
Quienes piensan que la reforma es para el beneficio personal o de camarillas, como los que hemos visto en estos tiempos, andan a contrasentido.
En la reunión de trabajo de ayer, de la diputación permanente del Congreso Local, se decidió convocar a sesión extraordinaria del pleno para el martes próximo y de una vez, el diputado presidente, GLAFIRO SALINAS MENDIOLA, anunció que serán cuatro los plenos que han de consumar de aquí a octubre, en que entregarán a la nueva legislatura.
Y no, no serán las diez cuentas públicas del paquete que les entregó antes de cerrar el último periodo ordinario de sesiones el Auditor Superior las que han de desahogar en este lapso, sino más de cien, tantas, como todas las correspondientes al ejercicio del año pasado, “de ser posible”.
En la reunión de ayer, dieron entrada a sendas iniciativas del Ejecutivo para asignar sendas pensiones a los deudos de dos policías caídos en el ejercicio del deber.
Además, se emitieron cinco dictámenes y en correspondencia dieron entrada a un oficio del ayuntamiento de Jaumave en el que dan parte del hallazgo de obras inconclusas y sin ejecutar, que fueron reportadas como cumplidas por la anterior administración.
Más chamba para la Auditoría Superior y la Comisión de Vigilancia.
Previo a los trabajos de la permanente, tuvieron encuentro los mandos camarales con el el Auditor JORGE ESPINO ASCANIO, quien anda agarrando “un segundo aire”.

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